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¿Cómo actúa el banco cuando ejecuta un embargo y qué puedes hacer para defenderte?

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Cuando el embargo se realiza conforme a la ley, no llega de forma inesperada: va precedido de un recorrido legal que muchas personas pueden desconocer, por ejemplo: avisos, notificaciones y advertencias claras., tanto si el acreedor es un banco como si es una administración pública.

Y aunque es habitual pensar que el banco es quien decide embargar, lo cierto es que solo puede hacerlo si es el acreedor y ha obtenido una resolución judicial que lo autoriza.

En la mayoría de los casos, el banco simplemente actúa como intermediario: recibe una orden de embargo del juzgado o de una administración pública y la ejecuta, cumpliendo con la ley.

En este artículo te explicamos cómo se lleva a cabo un embargo bancario paso a paso, quién lo ordena realmente, y lo más importante: qué puedes hacer tú para proteger tus derechos y evitar que te dejen sin lo necesario para vivir.

Índice de contenidos

¿Cuándo puede embargar un banco?

  • Un banco solo puede embargar si es el acreedor y obtiene una sentencia que cumple los requisitos legales.
  • Antes de llegar al embargo, el banco suele enviar múltiples requerimientos de pago, notificaciones y avisos.
  • Si no hay respuesta o pago, el banco inicia un procedimiento judicial.
  • Es el juez quien, una vez el proceso avanza, autoriza el embargo.
  • El banco, si no es el acreedor, sólo actúa como entidad colaboradora: cumple órdenes judiciales o administrativas.

¿Es legal que el embargo se ejecute directamente sobre la cuenta bancaria si el deudor tiene nómina?

, es legal. El acreedor o la administración puede solicitar el embargo sobre cualquier bien embargable del deudor, y eso incluye la cuenta bancaria. Ahora bien, eso no significa que todo lo que hay en la cuenta sea embargable, ni que puedan actuar sin respetar los límites legales.

Artículo 588 LEC – Orden de embargo:

Este artículo establece que el embargo se realizará sobre los bienes del deudor que el acreedor señale y, si no lo hace, sobre los que el tribunal considere que pueden ser más eficaces para satisfacer la deuda. En este caso sobre la cuenta bancaria.

A falta de designación de bienes por el ejecutante, el Secretario judicial requerirá al ejecutado para que manifieste relación de bienes y derechos suficientes, señalando los embargables, con expresión, en su caso, de los que considere necesarios para la satisfacción del crédito.

Esto significa que no hay un orden obligatorio que privilegie primero la nómina frente a la cuenta bancaria. Si el acreedor (por ejemplo, Hacienda o una entidad financiera) conoce la cuenta, puede solicitar directamente su embargo.

Artículo 607 LEC – Límites al embargo de sueldos, salarios y pensiones:

Este es el artículo clave que protege parte de los ingresos de las personas frente a embargos.

Es inembargable el salario, sueldo, jornal, retribución o pensión que no exceda de la cuantía del salario “mínimo interprofesional.”

A partir de ahí, lo que exceda del SMI se embarga con una escala porcentual.

El problema: el dinero depositado en cuenta pierde su “rastro”.

Los bancos no están obligados a identificar el origen de los fondos cuando llega una orden de embargo. Por eso, aunque el dinero venga de una nómina, lo pueden embargar sin respetar los límites del artículo 607, a menos que el afectado lo reclame. El deudor tiene todo el derecho a reclamar y a solicitar su devolución si no han respetado los límites establecidos por la ley.

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¿Cuánto tiempo pasa antes de que un banco te pueda embargar?

Como ya hemos comentado anteriormente, el embargo no ocurre de un día para otro. Antes de que un banco pueda embargarte como acreedor, debe cumplirse un procedimiento legal que, en la mayoría de los casos, lleva alrededor de 12 meses. Este es el recorrido habitual:

1. Reclamación amistosa o extrajudicial.

Todo empieza con los primeros impagos. El banco suele enviar requerimientos de pago, cartas, llamadas o emails advirtiendo del retraso y buscando un acuerdo.

2. Reclamación formal.

Si el deudor no paga, el banco puede enviar un burofax o carta certificada exigiendo el pago en un plazo determinado. Esto ya es una advertencia más seria.

3. Inicio del procedimiento judicial.

Si el deudor no paga la deuda, el banco presenta una demanda de ejecución (si tiene un título ejecutivo como un préstamo impagado) o una demanda ordinaria, dependiendo del caso. Este paso ya implica la intervención del juzgado.

4. Resolución judicial y embargo.

Solo cuando el juez admite la demanda y dicta una resolución, se puede solicitar el embargo.
Una vez autorizado, se remite una orden al banco para que bloquee la cuenta o retenga cantidades específicas.

Este proceso, desde el primer impago hasta el embargo efectivo, puede tardar 12 meses o incluso un poco más, dependiendo del juzgado y de la carga procesal.

Importante: si el banco no es el acreedor, y el embargo viene de Hacienda o Seguridad Social, los tiempos pueden ser distintos. En esos casos, la vía administrativa permite actuar con más rapidez, aunque siempre deben respetarse los pasos legales previos y los límites embargables según la ley.

¿Podemos evitar un embargo? Cómo afrontarlo antes de que sea demasiado tarde.

, en muchos casos es posible evitar un embargo, pero sólo si se actúa a tiempo y con la información adecuada. Cuanto antes conozcas tu situación y tomes decisiones, más margen tendrás para defenderte.

Aquí te dejamos algunas claves fundamentales para afrontarlo:

1. No ignores los avisos

Los embargos no llegan sin previo aviso. Antes hay cartas, correos, notificaciones e incluso requerimientos judiciales. Aunque sean incómodos, enfrentarlos es el primer paso para ganar tiempo.

2. Revisa tu situación y busca asesoramiento legal

Conocer el origen de la deuda, si existe o no un título ejecutivo, y si se han respetado tus derechos es esencial. Un abogado puede ayudarte a valorar si hay margen para negociar, o si hay irregularidades que puedan detener el proceso.

3. Intenta llegar a un acuerdo antes del embargo

Si estás a tiempo, puedes negociar con el acreedor un plan de pagos, una reducción o una refinanciación. Muchos acreedores prefieren evitar el procedimiento judicial si ven voluntad de pago.

4. Actúa antes de la ejecución

Una vez dictada la resolución judicial, ya solo queda esperar la orden de embargo. Por eso, el mejor momento para actuar es cuando empiezan los problemas, no cuando ya hay embargos sobre la cuenta.

Cuando ya no puedes más: la Ley de la Segunda Oportunidad.

Si la situación económica es insostenible y no se pueden pagar las deudas, acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser la única vía para evitar embargos y liberarse definitivamente.

Este procedimiento, pensado para personas físicas y autónomos, permite cancelar todas las deudas y proteger ingresos esenciales, siempre que cumplas una serie de requisitos.
Además, en cuanto se inicia el proceso y se admite a trámite, y el juez dicta el auto se puede frenar la ejecución de embargos en curso, dando un respiro inmediato.

Si tiene deudas que no puede pagar y quieres evitar embargos,
no dude en contactar con Atalanta y Abogadas para el estudio de viabilidad gratuito.

¿Es para mí la Ley de la Segunda Oportunidad? Pros y contras a tener en cuenta.

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad puede cambiar tu vida, pero es importante conocer sus ventajas y también sus límites antes de dar el paso.

Principales beneficios:

  • Cancelación total o parcial de tus deudas.
  • Suspensión de embargos desde que se dicta el auto de concurso..
  • Posibilidad de conservar tu vivienda habitual si tienes hipoteca y cumples ciertas condiciones.
  • Protección frente a acreedores y alivio inmediato de la presión económica.
  • Oportunidad real de empezar de cero con dignidad.

Aspectos a tener en cuenta:

  • Si tienes una vivienda libre de cargas (sin hipoteca), la podrías tener que liquidar para pagar a los acreedores.
  • Es necesario cumplir ciertos requisitos legales (como haber actuado de buena fe y no superar ciertos límites de deuda).
  • Implica hacer público el procedimiento, ya que se publica en el BOE y en el Registro Público Concursal.
  • En algunos casos, se necesita un plan de pagos para las deudas no exoneradas (por ejemplo, ciertas deudas con Hacienda o Seguridad Social).

La vida después de la ley de la segunda oportunidad.

No es magia, es justicia.
Tras meses o años de vivir ahogado por las deudas, sin poder dormir tranquilo, con miedo a abrir el buzón o mirar la cuenta… llega un día en que respiras.
Porque por fin sabes que ya no debes nada,que nadie va a embargarte, que tu sueldo, tu cuenta y tu paz vuelven a ser tuyas.

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad no es rendirse, es atreverse a empezar de nuevo. Y quienes lo han hecho no solo han recuperado su libertad económica, han recuperado también su autoestima, su energía, su vida.

Empiezas a ver posibilidades. Puedes volver a planificar. Vuelves a mirar hacia adelante sin miedo.

En Atalanta y Abogadas hemos acompañado a cientos de personas en este camino, y sabemos lo que se siente cuando llega el auto de exoneración: es como si se encendiera una luz al final del túnel. Y esa luz ya no se apaga.

Si te enfrentas a posibles embargos porque ya no puedes hacer frente a todas tus deudas, contacta con Atalanta y Abogadas para el estudio de viabilidad gratuito de tu caso, te ayudamos a comprobar si puedes acogerte a esta ley y, si es viable, tramitamos tu caso con todas las garantías jurídicas, buscando siempre la protección total de tus derechos. No esperes más tu nueva vida sin deudas te está esperando.

Infografía sobre los pasos de un embargo hasta su ejecución

En esta infografía te mostramos de manera resumida los pasos que sigue un embargo hasta que se ejecute y qué puedes hacer. Descárgate la infografía en formato PDF.

Pasos de la ejecución de un embardo

Preguntas frecuentes sobre embargos y cómo enfrentarlos.

¿El banco puede embargar sin avisar?

No. Antes de ejecutar un embargo, debe haber un procedimiento previo con notificaciones, ya sea judicial o administrativo. Si el banco actúa como acreedor, habrá enviado requerimientos de pago. Si actúa por orden de un juez o de Hacienda, también hay pasos previos que deben cumplirse.

¿Qué parte de mi sueldo o pensión es inembargable?

El salario o pensión que no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable. A partir de esa cantidad, se pueden embargar porcentajes según una escala establecida en el artículo 607 de la LEC.

¿Pueden embargarme directamente la cuenta bancaria sin saber si el dinero proviene de un sueldo?

, y este es uno de los grandes problemas. Una vez que el dinero entra en la cuenta, el banco no distingue su origen. Por eso es importante actuar rápido si te embargan cantidades que provienen de ingresos protegidos.

¿Cuánto tarda en producirse un embargo desde que dejo de pagar una deuda?

Depende. Si es una deuda bancaria, pueden pasar 12 meses desde el primer impago hasta que haya resolución judicial y embargo. Si es una deuda con Hacienda o Seguridad Social, los plazos pueden ser más cortos al tramitarse por vía administrativa.

¿Puedo evitar un embargo si me acojo a la Ley de la Segunda Oportunidad?

. Si cumples los requisitos y se admite tu solicitud, se paralizan los embargos en curso y puedes lograr la cancelación definitiva de tus deudas, incluso si ya hay procedimientos en marcha.

¿Qué pasa si ya me han embargado y creo que lo han hecho de forma indebida?

Puedes presentar un escrito de oposición o de devolución ante el juzgado o administración correspondiente. Es fundamental acreditar que el dinero embargado era inembargable (por ejemplo, salario mínimo o ayudas públicas).