
La Fase común del Concurso de Acreedores
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En Atalanta y Abogadas somos mediadoras concursales del Estado y administradoras concursales lo que nos permite tener una visión 360º del procedimiento aplicando la ley de la segunda oportunidad y el concurso de acreedores para empresas.
Visión
Solución recomendable para empresas en situaciones puntuales de insolvencia.
Está regulado en el artículo 5 bis de la Ley concursal, y da un plazo de 3 meses para lograr acuerdos con los acreedores que permitan la continuidad de la empresa. Si en este plazo no se consigue llegar a un acuerdo, la empresa dispondrá de un mes para presentar en el juzgado la declaración de concurso.
Durante este procedimiento la empresa sigue con su actividad normal.
Empresas que pueden acogerse: sociedades anónimas SA, sociedades limitadas SL, sociedades limitadas unipersonales SLU; de cualquier sector: restaurantes, hoteles, bares, constructoras, inmobiliarias, agencias de viajes, artes gráficas, peluquerías…; y de cualquier tamaño pueden beneficiarse del concurso de acreedores para empresas.
Cualquier empresa en situación de insolvencia, quiebra o suspensión de pagos o que prevea que no podrá hacer frente a sus pagos con regularidad puede cancelar la deuda y detener las ejecuciones y embargos mediante un concurso de acreedores.
Se trata de un procedimiento judicial que pone en marcha cuando una empresa no puede satisfacer sus deudas o prevé que no podrá satisfacerlas, para que se acuerde con sus acreedores quitas o aplazamientos, con objeto de evitar la liquidación del patrimonio de la empresa o que esta se lleve a cabo de manera ordenada.
El concurso de acreedores te permite continuar con la actividad de la empresa, pues frena las deudas y suspende temporalmente los pagos.
El objetivo del concurso de acreedores es proteger los derechos de los acreedores y de los administradores de las empresas en una situación de crisis.
El objetivo de Atalanta y abogadas es que tu empresa salga del concurso con un plan de viabilidad que le facilite la supervivencia como empresa o bien la cierres de manera que cause el mínimo perjuicio a todas las personas de la empresa y a sus acreedores.
La paralización de la actividad empresarial, tras el estado de alarma decretado por el gobierno ante el coronavirus, ha ocasionado que numerosas empresas en todo el mundo sean incapaces de superar la falta de ingresos.
Sin embargo, la legislación española permite suspender provisionalmente los pagos a los acreedores, incluso cancelar todas las deudas que no podemos satisfacer, debido a un suceso de fuerza mayor, como es el covid-19.
Nuestra recomendación es que intentes llegar a un acuerdo negociado con tus acreedores, pero esto no siempre es posible, por lo que la mejor manera de salir de la crisis puede ser un concurso de acreedores de empresa.
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El concurso de acreedores es la solución idónea para las empresas que, pese a su situación de insolvencia, en ocasiones provocada por la pandemia de la COVID-19, desean continuar su actividad.
Trabajamos en todo el territorio español.
Más de 200 casos de éxito nos avalan.
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