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El papel que juega la hipoteca en la Ley de la Segunda Oportunidad

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Muchas personas sobre endeudadas en España que necesitan acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para solucionar sus problemas con las deudas se hacen las siguientes preguntas antes de iniciar el proceso:

  1. ¿Puedo acogerme a la Ley si tengo una hipoteca? 
  2. ¿Perderé mi casa?
  3. ¿Qué pasa con la deuda pendiente si ya se ejecutó mi casa?

Desde este post vamos a resolver todas estas dudas de forma sencilla, práctica y didáctica.
Empecemos paso a paso por los siguientes puntos claves:

¿Puedo acogerme a la Ley de la segunda oportunidad si tengo una hipoteca?

Sí puedes, veamos los diferentes escenarios posibles:

  1. Puedes iniciar el proceso aunque tengas una hipoteca activa.
    No te excluye del procedimiento.
  2. Si ya no puedes pagar la hipoteca.
    Las hipotecas no se cancelan directamente porque están ligadas a la vivienda.
    No puedes cancelar la deuda de la hipoteca si aún tienes la casa y no la estás pagando.

    Si en la subasta de la vivienda no se obtiene suficiente dinero para cubrir toda la hipoteca, la parte que queda pendiente (conocida como deuda residual) puede cancelarse gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad.
  3. Si tienes la hipoteca al día y quieres conservar la vivienda, existe la posibilidad de presentar un plan de pagos si se cumplen ciertos requisitos y el juez acepta el plan.

¿No sabes que puede pasar con la hipoteca si entras en la Ley de Segunda Oportunidad?
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La hipoteca en la Ley de la Segunda Oportunidad

En la Ley de la Segunda Oportunidad, la hipoteca se trata de forma especial.

Es fundamental saber que la hipoteca es una deuda con garantía real, una deuda con garantía real es aquella en la que el pago de la deuda está asegurado mediante un bien concreto, que actúa como garantía frente al incumplimiento. Es decir, si el deudor no paga, el acreedor ejecuta esa garantía, normalmente en una subasta para intentar recuperar su dinero.

¿Se puede cancelar una hipoteca con la Ley de Segunda Oportunidad en caso de impago?

NO. la deuda generada por el impago de la hipoteca no se puede cancelar con la Ley de la Segunda Oportunidad. Ello se debe a que las deudas con garantía real están excluidas de la exoneración según el artículo 489.1.8 de la Ley Concursal.

EXCEPCIÓN

Sin embargo, si el banco ejecuta la hipoteca y subasta la vivienda, y el importe obtenido no cubre la totalidad del préstamo hipotecario, la deuda remanente (la diferencia entre lo adeudado y lo recuperado) puede ser cancelada mediante la ley de la segunda oportunidad.

Lo importante es saber que una hipoteca no impide acogerse a la ley de la segunda oportunidad

¿Qué pasa si aún tengo la casa y quiero conservarla?

Esta es una de las preguntas más habituales entre quienes se plantean acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. La buena noticia es que sí es posible mantener la vivienda habitual, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

Aquí entran en juego dos elementos clave:

  • Los ingresos reales: deben permitirte cubrir tus necesidades básicas y seguir pagando la hipoteca.
  • El valor de la vivienda 
  • y el capital pendiente de la hipoteca

Entrar en la Ley de la Segunda Oportunidad con hipoteca: posibles escenarios

Impagos en la hipoteca

Un ejemplo muy claro: Marta tiene impagos en la hipoteca.

Marta Tiene una hipoteca de 200.000 €, pero el banco ejecuta la vivienda y la vende por 140.000 €. La deuda residual son los 60.000 € que aún le debes al banco después de perder la casa.

¿Por qué es tan importante tener claro este aspecto? Porque muchas personas creen que al perder la vivienda ya se acaba la deuda. Pero no es así: si en la subasta se obtiene menos de lo que debías, seguirás debiendo la diferencia. A esto se le llama deuda residual, y sólo puede cancelarse si accedes a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Ante esta situación, Marta decide acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Después de perder su vivienda, aún arrastra una deuda remanente, además de otras deudas con diferentes bancos. Como cumple todos los requisitos que exige la ley, consigue liberarse de todas sus deudas, aunque tenga que empezar de nuevo sin casa, pero sin cargas.

Cuando hay embargos en tu vivienda de otros acreedores

Aunque pagues la hipoteca, otros acreedores (como Hacienda, Seguridad Social o financieras) pueden anotar embargos sobre tu vivienda. Esto no implica que se ejecute tu vivienda, pero la vivienda queda «manchada».

Ejemplo: Marta, al día con la hipoteca, pero con embargos.

Marta tiene una vivienda en propiedad y está al día con su hipoteca:
Paga religiosamente sus 600 € cada mes, pero arrastra otras deudas:

  • 12.000 € con Hacienda
  • 8.000 € con la Seguridad Social
  • 15.000 € con financieras

Esas entidades han anotado embargos sobre su vivienda, aunque ella nunca ha dejado de pagar la hipoteca.

¿Qué puede hacer Marta?

  • Se acoge a la Ley de la Segunda Oportunidad.
  • Solicita mantener su casa porque puede seguir pagando la hipoteca y cumple los requisitos para no perderla en el proceso de la ley de la segunda oportunidad.
  • Puede asumir un plan de pagos razonable para cancelar el resto de sus deudas.
  1. El juez aprueba el plan.
  2. Marta mantiene su casa.
  3. Al finalizar el plan de 5 años, el juez cancela el resto de las deudas y los embargos desaparecen.

Cuando tus ingresos ya no alcanzan para pagar la hipoteca + los gastos básicos

En ese caso, el juez puede valorar que no es viable conservar la vivienda dentro del plan de pagos, y puede decidir que la vivienda se venda para cubrir parte de la deuda.

Ejemplo: Laura y su hipoteca al día, pero insostenible.

Laura tiene una casa con hipoteca.
Debe 150.000€ al banco, pero desde hace meses no puede pagar porque la cuota ha subido mucho con el euríbor. Ha intentado negociar con el banco para entregar la vivienda o encontrar una solución, pero no ha tenido respuesta. Además, arrastra otras deudas personales que ya no puede asumir.

  • Por eso, decide acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
  • El banco ejecuta la hipoteca y subasta la vivienda.
  • La casa se vende por 100.000 €, pero todavía quedan 50.000 € pendientes.

Importante:
Esos 50.000 € de deuda residual sí se cancelan gracias a la Ley.
Laura pierde su casa, pero también pierde la deuda, ahora puede empezar de nuevo sin cargas.

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Infografía sobre la Hipoteca en la Ley de Segunda Oportunidad

Descarga nuestra infografía sobre el papel de la hipoteca en la Ley de la Segunda Oportunidad.

Preguntas frecuentes sobre hipoteca y Ley de la Segunda Oportunidad

¿Puedo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad si tengo una hipoteca?

, tener una hipoteca no impide acogerse a la Ley, aunque hay matices según si puedes seguir pagándola o no.

¿Pierdo mi casa si entro en la Ley de la Segunda Oportunidad?

Depende: si no puedes pagar la hipoteca, lo más probable es que pierdas la vivienda. Pero si puedes seguir pagándola y presentas un buen plan de pagos, podrías conservarla.

¿Qué pasa con la deuda que queda después de perder la casa?

Esa deuda se llama deuda residual y se puede cancelar con la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Puedo entrar en la Ley aunque tenga la hipoteca impagada?

, puedes iniciar el proceso incluso si estás dejando de pagar la hipoteca. Lo importante es analizar bien tu situación.

¿Qué pasa si tengo embargos de Hacienda o Seguridad Social sobre mi vivienda?

Aunque estés pagando tu hipoteca, otros acreedores pueden embargar tu vivienda. Con un plan de pagos, puedes mantener tu casa y cancelar esos embargos al finalizar el proceso.

¿Se puede cancelar una hipoteca directamente con la Ley de la Segunda Oportunidad?

No. Las deudas con garantía real, como la hipoteca, no se cancelan directamente. Solo se cancela la deuda remanente si pierdes el inmueble.

¿Qué necesito para mantener mi vivienda dentro del proceso?

Tener ingresos suficientes y presentar un plan de pagos realista y aprobado por el juez.

¿Es obligatorio perder mi vivienda para beneficiarme de la Ley?

No. Hay casos en los que puedes conservarla, pero siempre depende de tu capacidad económica.

¿Puedo incluir en el proceso solo mis deudas y mantener fuera la hipoteca?

La hipoteca se puede seguir pagando normalmente, y las demás deudas sí pueden ser exoneradas si cumples los requisitos.

Conclusión

Antes de iniciar el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad, es fundamental realizar un estudio profundo de todas las variables del caso. Solo así se puede entrar con seguridad y sin riesgos, protegiendo tus bienes y tu futuro.

La Ley de la Segunda Oportunidad es, sin duda, un camino legal para salir de una situación crítica, pero requiere profesionales con experiencia y un análisis previo serio y personalizado.Si estás atravesando una situación de sobreendeudamiento, no dudes en contactar con Atalanta y Abogadas. Te ofrecemos un estudio de viabilidad gratuito para ayudarte a tomar la mejor decisión.