La ley de la segunda oportunidad, todo lo que debes saber
La ley de la segunda oportunidad es un recurso jurídico que permite a particulares y autónomos salir de una situación de sobreendeudamiento.
¿Qué se logra mediante la ley? Ajustar las deudas a las posibilidades económicas reales del deudor. Gracias a ella se puede reestructurar y reducir las deudas y, en el mejor de los casos, no tener que pagarlas.
El procedimiento de cancelación de deuda exige una
serie de requisitos y se lleva a cabo a través de una serie de pasos que
requieren la asistencia de una abogada especializada.
Todavía son pocas las personas que se benefician de la exoneración de las deudas. Lo cierto es que existe un gran desconocimiento de una ley que fue dictada para permitir a las personas y autónomos acuciados por deudas insalvables empezar de nuevo y reintegrarse en la vida económica.
A continuación, te contamos todos los pormenores de la ley
de segunda oportunidad
El porqué de la ley: No eres el único
Si te agobian las deudas que no puedes pagar, tal vez tu
situación te parezca única, pero lo cierto es que muchas personas se encuentran
en tu mismo caso. Después de la crisis financiera global de 2008,
también conocida como la Gran Recesión, los casos de quiebra
aumentaron de manera exponencial. El hundimiento de la economía y de las
empresas, supuso también el hundimiento de particulares y de autónomos cuya
deuda superaba con creces su capacidad económica para cancelarla. En ocasiones,
las personas habrían necesitado varias vidas para reparar sus copiosas deudas.
Este escenario de insolvencia masiva dejaba fuera de juego, fuera de la vida económica (e incluso de la vida social) a muchos emprendedores y personas corrientes.
La economía de un país no puede permitirse que
circunstancias así condenen para siempre o anulen como sujetos económicos a un
gran número de personas, de manera que se legisló en consecuencia para
dinamizar la economía y levantar esta “condena” a la “quiebra perpetua” a
dichas personas.
«una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer».
Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero
¿Quién puede beneficiarse de la ley de segunda
oportunidad?
Puede acogerse
a esta ley cualquier persona física, ya sean autónomos, emprendedores,
consumidores, particulares, trabajadores, familias… Toda aquella persona que se
encuentre en situación de sobreendeudamiento y cuya capacidad financiera
sea insuficiente para cubrir sus deudas.
¿Qué requisitos se deben cumplir para acogerse a la ley?
Para acogerse a la ley de segunda oportunidad se deben cumplir una serie de requisitos, de los cuales el principal es ser un “deudor de buena fe” y, claro está, demostrar que no se tienen recursos para pagar las deudas. Además, el monto total de la deuda no debe superar los 5 millones de euros.
El deudor debe ser una persona física;
Debe haber concluido su concurso de
acreedores,
Es necesario que el deudor sea deudor de
buena fe.
No basta con que el deudor manifieste su buena fe, sino que la ley establece una serie de criterios para que lo sea.
¿Qué criterios debe reunir ser considerado deudor de
buena fe?
El deudor no debe ser objeto de un concurso declarado
culpable (salvo casos excepcionales).
El deudor no debe haber sido condenado por
sentencia firme por determinados delitos (delitos socioeconómicos y contra
el patrimonio, delitos contra los derechos de los trabajadores, falsedad
documental)
El deudor debe haber intentado llegar a un acuerdo
extrajudicial de pagos.
No es un proceso sencillo, por lo que se requiere que abogadas especializadas te acompañen en el proceso, te asesoren y te presten asistencia jurídica.
El camino de la segunda oportunidad
La ley establece un recorrido que hay que seguir para
conseguir la exoneración total de la deuda.
En primer lugar, se debe intentar lo que se denomina un acuerdo
extrajudicial de pagos. Como su nombre indica, no se realiza en un juzgado,
sino que se tramita ante un notario. El notario nombra un mediador concursal
para que facilite la negociación. De modo que el deudor, el mediador y los
adeudados se reúnen para intentar llegar a un acuerdo sobre las
cantidades que se han de pagar y los plazos para hacerlo.
Si se llega a un acuerdo el proceso acaba aquí. Pero si los acreedores no admiten la propuesta del deudor, se debe dar el siguiente paso: iniciar el procedimiento judicial denominado concurso de acreedores.
Desde el momento en que se inicia el proceso concursalse paralizan las ejecuciones y se congelan los intereses.
Cuando se declara el concurso de acreedores entra en juego el administrador concursal que emite un informe en el que constan los bienes y el estado de contabilidad del deudor y la lista de acreedores.
Transcurrida la fase de declaración se presenta la
propuesta de convenio. Si el convenio se aprueba y los acreedores no se oponen,
el juez dicta sentencia y aprueba dicho convenio. Esto supone el fin del
concurso y el cese del administrador concursal.
Por el contrario, si no se acepta el convenio, da comienzo
la fase de liquidación.
Hay que tener en cuenta una condición sine qua non para
que una persona pueda beneficiarse de la ley de la segunda oportunidad: tiene
que haber liquidado todo su patrimonio para pagar a sus acreedores. Es
decir, la ley dispensa de pagar las deudas que una persona no haya podido
pagar, a pesar de haber dedicado todo su patrimonio a satisfacerlas.
Concluido el concurso, el deudor presenta entonces ante el juzgado la solicitud para obtener el beneficio de la segunda oportunidad.
El objetivo final es la aplicación de lo que la ley llama beneficio
de exoneración del pasivo insatisfecho, conocido por sus siglas, BEPI.
Esto supone que el juez te concede el beneficio de eximirte del pago de
aquellas deudas que tu situación económica real te impide pagar, es decir, cancela
el 100% de tus deudas.
Una vez realizada esta solicitud, se entra en la fase de alegaciones
por parte de la administración concursal y de los acreedores. Estos pueden
manifestar que están de acuerdo con la solicitud del deudor o bien que no se cumple
alguno de los requisitos.
Si la administración concursal no se opone y los acreedores
están conformes el juez concede al deudor el beneficio de exoneración del
pasivo insatisfecho.
Ya lo hemos dicho antes, la aprobación del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho significa la cancelación del 100% de las deudas del solicitante.
¿Qué deudas cancela la ley?
Es posible llegar a la cancelación de todo tipo de deudas.
Efectivamente, la sentencia, que crea jurisprudencia,
permite cancelar hasta el 70% de la deuda con las Administraciones públicas y
pagar el resto durante 5 años mediante un plan de pagos adecuado a la
capacidad económica del deudor.
Las leyes del mecanismo de segunda oportunidad
Si quieres saber cuáles son en concreto las leyes que regulan este mecanismo, que es capaz de librarte de tus deudas, las listamos a continuación, con los enlaces correspondientes a su publicación en el Boletín Oficial del Estado:
El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de
mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas
de orden social https://www.boe.es/eli/es/rdl/2015/02/27/1/con
Asimismo, puedes consultar la:
Sentencia núm. 381/2019. Fecha de sentencia: 02/07/2019 del Tribunal Supremo en la web del poder judicial: http://www.poderjudicial.es/
Atalanta
Resumen
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La ley de la segunda oportunidad, todo lo que debes saber
Descripción
La ley de la segunda oportunidad es un recurso jurídico que permite a particulares y autónomos salir de una situación de sobreendeudamiento.
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