La figura del pre pack concursal es desconocida en nuestro ordenamiento jurídico al no encontrarse prevista en la normativa española. En otros países europeos, dónde sí se encuentra regulada, ha logrado resultados muy satisfactorios. Sin embargo, parece que su popularidad en nuestro país puede ir en aumento.
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Los jueces aprueban un nuevo protocolo «el Pre-pack concursal» para salvar a miles de empresas del cierre.
Los pioneros en la aplicación de una figura equivalente al pre pack anglosajón han sido los juzgados mercantiles de Barcelona. Su objetivo no es otro que el de paliar los efectos del probable incremento de declaraciones concursales a raíz de la crisis económica provocada por el Covid-19, evitando el cierre de una buena parte de los negocios.
Resolución judicial
En la resolución dictada por el juzgado mercantil número 10 de Barcelona el 29 de julio de 2020, se concede el nombramiento de un administrador antes de la fase de concurso con la finalidad de favorecer la venta de unidades productivas de la empresa concursada.
La petición fue formulada amparándose en el artículo 5 bis de la ley concursal, comunicando al juzgado mercantil el inicio de negociaciones para alcanzar el acuerdo de venta de la unidad productiva. También se solicitó como medida provisional, y previa a la declaración del concurso, el nombramiento de un experto para la negociación y posterior venta expuesta en el comunicado.
La empresa que solicitó estas medidas tenía una unidad productiva compuesta por tres escuelas de idiomas que tenían un total de treinta trabajadores. La principal razón de su solicitud fue la de evitar que los alumnos de las escuelas perdieran el dinero de los cursos a los cuales se habían matriculado, así como la conservación de los puestos de trabajo de los empleados.
Por otra parte, el hecho de no haber declarado concurso de acreedores evitó, por una parte, la pérdida de valor de la unidad productiva a transmitir y, por otra, el aumento del gasto que probablemente hubiera llevado al despido de los trabajadores.
Ahora bien, ¿en qué consiste el pre pack concursal?
Cuando una empresa es insolvente se encuentra en la obligación legal de instar el concurso de acreedores a través de la vía judicial. Es entonces cuando se hace la solicitud de concurso al juzgado mercantil correspondiente. El juez, en su caso, declarará el concurso y nombrará a un administrador concursal que será el encargado de administrar la empresa y estudiar su situación.
La normativa española
La normativa española acostumbra a situar las ventas de unidades productivas de la empresa, tras la declaración del concurso de acreedores. No obstante, se contempla que la empresa afectada pueda presentar un plan de liquidación desde el inicio del procedimiento de concurso al que deberá adjuntar una oferta de compra del negocio.
En este supuesto, el juez abre un procedimiento abreviado para que la liquidación se lleve a término lo antes posible.
La novedad que introduce el prepack consiste en que la venta de una unidad productiva de la empresa concursada se lleva a término antes de que se abra la fase de concurso.
¿Qué ventajas conlleva el pre pack?
El pre-pack nos permite rescatar las unidades productivas de un negocio que pueden ser todavía rentables. Así, las empresas disponen de una vía alternativa para solucionar determinadas crisis económicas, sin tener que esperar a que se abra la fase de concurso. De hecho, el pre-pack implica que todas las actuaciones relativas a la venta de la unidad productiva, se lleven a cabo antes de la solicitud del concurso.
Esta última circunstancia es importante, a fin de aumentar las posibilidades de mantener el curso normal de la actividad de la empresa, en la medida de lo posible.
El nuevo protocolo, aplicado por los jueces de Barcelona, puede suponer una opción al cierre de empresas con problemas de solvencia.
¿Se puede aplicar un procedimiento no previsto en la ley española?
El prepack no se puede aplicar al amparo del artículo 5 bis de la Ley Concursal ni como una medida cautelar del procedimiento concursal.
Sin embargo, esta figura es compatible con normativa de la Unión Europea, en concreto con la Directiva 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019. La directiva trata de marcos de reestructuración preventiva. Uno de sus objetivos es que los procesos de liquidación e insolvencia sean más eficientes y puedan contribuir a una temprana recuperación del empresario afectado.
Las directivas de la Unión Europea establecen metas a cumplir para todos los estados miembros. De manera que, la utilización del pre-pack comporta, en buena parte, una medida efectiva para lograr que algunos de los propósitos de la directiva puedan verse satisfechos.
¿Cuál es el procedimiento a seguir en el pre pack concursal?
Debemos tener en cuenta que no hay una regulación legal específica en cuanto a los pasos a seguir.
No obstante, cuando el empresario ponga en conocimiento del juzgado correspondiente la apertura de negociaciones con sus acreedores o bien a los 3 meses siguientes de efectuar la comunicación, también pondrá de manifiesto que está llevando a cabo operaciones relativas a la venta de unidades productivas.
En el escrito solicitará también que el juez la nombre un administrador o experto independiente en materia de reestructuración cuyas funciones principales serán las de velar para que interesados en la adquisición de la empresa puedan tener acceso a la documentación necesaria relativa a la situación financiera de la empresa.
Este experto independiente o administrador será también el administrador concursal una vez sea declarado el concurso.
En conclusión, aunque no sabemos si va a generalizarse la aplicación del pre-pack, sí que podemos anticipar que es una buena opción a los procedimientos concursales comunes. Con ello se consigue una transmisión rápida y efectiva de unidades productivas que todavía pueden seguir en funcionamiento por su viabilidad económica.
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