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Pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad

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La Ley de la Segunda Oportunidad en España busca proporcionar a particulares y autónomos una oportunidad para liberarse de las deudas insuperables y reiniciar de nuevo su situación financiera. Esta ley, introducida en 2015, estableció un marco legal que permitía a personas físicas en situación de sobreendeudamiento acceder a un proceso que, en ciertas circunstancias, les otorga la posibilidad de cancelar parcial o totalmente sus deudas y comenzar de nuevo.

En cuanto a modificaciones, la Ley ha experimentado actualizaciones y ajustes a lo largo del tiempo para mejorar su efectividad y ampliar su alcance. Una de las modificaciones más notables se produjo en 2020, con la aprobación del Real Decreto-ley 1/2015, que introdujo reformas significativas en la ley. Estas reformas incluyeron medidas para agilizar y facilitar el acceso al procedimiento de segunda oportunidad, como la reducción de trámites burocráticos y la simplificación de los requisitos para acogerse a esta ley.

Nueva ley concursal 

El 26 de septiembre  del 2022 marcó un hito significativo con la entrada en vigor de la recién promulgada Ley Concursal. Esta normativa no solo representa una actualización, sino un verdadero cambio estructural en nuestro sistema de insolvencia. Las modificaciones introducidas están destinadas a reformar de manera integral el enfoque existente hacia las situaciones de insolvencia, abriendo nuevas puertas hacia una gestión más efectiva y justa de los procesos financieros en dificultad.

Cambios significativos de la Nueva Ley Concursal

1. Reducción de trámites y plazos

El propósito central de esta ley es resolver y mitigar la situación de insolvencia, garantizando la compensación de deudas pendientes. Cuando una empresa o una persona física se ven inmersos en una coyuntura financiera crítica, la celeridad en la actuación resulta crucial. La dilatación en los procedimientos no solo prolonga la insolvencia, sino que puede agravarla significativamente. En este sentido, el verdadero sentido y alcance de la Ley Concursal pierden su efectividad si se ralentizan los procesos.

Esta nueva reforma agiliza los plazos para la declaración del concurso voluntario, solicitado por el propio deudor, así como para la tramitación del concurso necesario

Además, elimina la necesidad de que el inventario y la lista de acreedores sean definitivos para presentar la propuesta de convenio. Ahora, el informe elaborado por el administrador concursal, que incluye un inventario y una lista de acreedores provisionales, será suficiente. Adicionalmente, se han introducido disposiciones que permiten al administrador concursal liquidar los bienes del deudor de manera más eficiente. La autoridad judicial también cuenta con la facultad de establecer «reglas especiales de liquidación» en determinadas circunstancias, con el objetivo de optimizar este proceso. Estas modificaciones tienen como finalidad agilizar y hacer más efectivos los mecanismos de resolución en casos de insolvencia, brindando un marco normativo más ágil y adaptado a las necesidades cambiantes del entorno financiero actual.

2. Conservación de la  vivienda habitual

Una de las reformas más destacadas y esperanzadoras dentro del marco de la nueva legislación es la posibilidad de preservar la vivienda principal y los activos empresariales si se cumplen ciertos criterios y el deudor opta por un plan de pagos en lugar de la liquidación forzosa de sus bienes.

Es importante subrayar que, hasta la fecha, la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad ha implicado, en la mayoría de los casos, la pérdida prácticamente total del patrimonio, incluyendo la vivienda habitual para la persona física.

Adicionalmente, se ha introducido una disposición que permite la condonación, o perdón, de ciertas deudas sin la obligación de su pago, al cumplir con estándares de comportamiento establecidos. Esto significa que es viable anular créditos pendientes incluso sin haber saldado previamente otras deudas con un estatus de preferencia.

En resumen, estas reformas ofrecen una perspectiva más alentadora para los deudores, brindando la posibilidad de proteger activos importantes y obtener la exoneración de ciertas deudas, siempre y cuando se cumplan con los criterios y estándares establecidos, representando así un cambio significativo en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad.

3. El plan de pagos

La reciente revisión del plan de pagos, al que hicimos referencia previamente, introduce un ajuste relevante: su duración se ha reducido de 5 a 3 años en general si no es la vivienda habitual del deudor, si bien, en ciertos escenarios particulares, se mantendrá la extensión original de 5 años cuando es vivienda habitual.

El plan de pagos se presenta como un recurso fundamental que no solo permite la reorganización financiera, sino que también salvaguarda la continuidad de la actividad empresarial del deudor. Esta herramienta ofrece una alternativa a la liquidación forzosa de todos sus activos, brindándole la oportunidad de mantener operativa su empresa y evitar la disolución completa, lo que resulta clave para preservar la fuente de ingresos y empleo que representa.

4. Buena fe y requisitos de acceso

La premisa de la buena fe sigue siendo un requisito indispensable para alcanzar la exoneración, también conocida como «el perdón», de los créditos pendientes.

No obstante, se han agregado matices significativos en las excepciones que pueden influir en la posibilidad de acceder a este beneficio. Por ejemplo, se considera relevante no haber sido objeto de sanciones administrativas por infracciones graves en el ámbito tributario o de la seguridad social. Además, se evalúa cuidadosamente la conducta previa al momento de contraer las deudas, evitando comportamientos temerarios que puedan afectar la posibilidad de obtener la exoneración.

Estos ajustes introducidos en los criterios de excepción recalcan la importancia de mantener un historial de comportamiento financiero responsable y ético como parte fundamental para acceder a los beneficios contemplados en la Ley de la Segunda Oportunidad.

5. Ampliación de las deudas que podrán ser canceladas

Además de las deudas concursales, también se incluyen aquellas consideradas como contra la masa, que abarcan créditos privilegiados o generados tras la declaración de concurso.

En el caso de los créditos de derecho público, se establece una exención parcial de pago con un límite de hasta 10.000 euros en la Agencia Tributaria y, de manera adicional, otros 10.000 euros en la Seguridad Social.

Estas disposiciones ofrecen un alivio financiero limitado, permitiendo eximir parcialmente ciertos créditos de derecho público, lo que representa un apoyo significativo para los deudores al reducir la carga financiera y facilitar su camino hacia la recuperación económica.Los beneficios clave de la Ley de la Segunda Oportunidad en España incluyen la posibilidad de exoneración total o parcial de las deudas, la suspensión de ejecuciones hipotecarias o embargos, así como la oportunidad de establecer planes de pagos adaptados a la capacidad financiera real del deudor.

Pros de la Ley de la Segunda Oportunidad

  1. Exoneración de deudas: Una de las ventajas más relevantes es la opción de liberarse parcial o totalmente de las deudas pendientes, ofreciendo una auténtica oportunidad para iniciar una nueva etapa económica.
  2. Reinicio financiero: Faculta a individuos y emprendedores a reorganizar de manera estructurada sus deudas, buscando alcanzar un equilibrio financiero renovado y abrir camino hacia un futuro más próspero.
  3. Protección legal: Proporciona un entorno legal que resguarda al deudor de embargos, ejecuciones hipotecarias y demás medidas coercitivas por parte de los acreedores mientras se desarrolla el proceso de renegociación y reestructuración.
  4. Plan de pagos accesible: Simplifica la elaboración de planes de pagos factibles y equitativos, ajustados a la situación financiera concreta del deudor para garantizar su viabilidad realista..

Contras de la Ley de la Segunda Oportunidad

  1. Impacto crediticio: La participación en este proceso podría generar un impacto negativo en las relaciones con las entidades donde existían deudas y ha cancelado con la ley, aunque no necesariamente impide obtener créditos con otras instituciones financieras. Al salir de este marco legal, el deudor ya no figura en las listas de morosos ni en la Central de Información de Riesgos del Banco de España, lo que potencialmente facilita el acceso a nuevos créditos.
  2. Posible pérdida de activos: Según la situación financiera particular, es factible que el deudor tenga que ceder ciertos activos, aunque se procura proteger aquellos fundamentales para su vida cotidiana, como la vivienda habitual.
  3. Requisitos y limitaciones: La aplicabilidad de esta ley no es universal, ya que requiere el cumplimiento de criterios particulares, y ciertas deudas, como aquellas relacionadas con delitos fiscales o penales, no son susceptibles de exoneración bajo este marco legal.

La Ley de la Segunda Oportunidad representa desafíos significativos y exigencias estrictas que requieren una evaluación detenida antes de adentrarse en el proceso.

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